APOYEN CON SU FIRMA ESTA CARTA QUE FUE ENVIADA AL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN ARGENTINA EL DIA 30/03/11, POR LA INJUSTICIA Y ARBITRARIEDAD DEL PODER EN LA LOCALIDAD DE ÑORQUIN-CO, PROVINCIA DE RIO NEGRO, ACERCA DE LA EXPROPIACION ILICITA DE TIERRAS ANCESTRALES DE LOS ABORIGENES DE LA COMUNIDAD MAPU CHE Y LOS ACTOS DE CRUELDAD HACIA SU GENTE Y SUS ANIMALES.
– LES CAVARON UNA FOSA AL ALAMBRAR ILEGALMENTE PARA QUE LOS ANIMALES SE CAIGAN SI QUIEREN TOMAR AGUA Y LA GENTE TRATA DE SACAR LO QUE PUEDE QUE ES MUY POCO
– UN USURPADOR CAPITALISTA LLAMADO LEWIS SE APODERÓ DE TODO UN LAGO PARA EL
– LA JUSTICIA ORDENÓ ABRIR EL PASO Y EL AMENAZÓ CON ECHARLOS CON UN FUSIL
– EL GOBERNADOR DE RIO NEGRO MIGUEL SAIZ AL DIA SIGUIENTE SALE ABRAZANDO A ESTE LEWIS ENTONCES QUE PODEMOS PENSAR?????????
¿¿¿DÓNDE ESTA LA JUSTICIA QUE NO ES APLICADA SINO VENDIDA BAJO LA PREPOTENCIA DE QUIENES CON EL PODER DEL DINERO LA MANIPULAN Y HACEN CASO OMISO A SU MANDATO???
DIGAMOS SI AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY Y AL LIBRE ACCESO AL LAGO EN LA ZONA DE VIEDMA
NO A LEWIS Y SUS MERCENARIOS!!!
ENVIAR A LOS SIGUIENTE MAILS CON CCO(COPIA OCULTA):
coliva@economia.rionegro.gov.ar, hperafan@economia.rionegro.gov.ar,jcejas@diputados.gov.ar,
jscalesi@diputados.gov.ar, rossi@diputados.gov.ar, mariajose.bongiorno@senado.gov.ar, pichetto@senado.gov.ar, pablo.verani@senado.gov.ar, gobernador@rionegro.gov.ar, jbarila@coordinacion.rionegro.gov.ar, fgonzalez@gobierno.rionegro.gov.ar,
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DEFENSORIA DEL PUEBLO
DE LA NACION ARGENTINA
Dr. Anselmo Sella
S/Despacho
Bs. As, a los 29 días del mes de Marzo de 2011,
Por la presente me dirijo a usted a los fines de hacerle llegar este mensaje que recibí hoy, a mi correo, para que lo adjunte a toda la documentación enviada y evalúe la situación que está aconteciendo en el sur de nuestro País en relación a la Comunidad Mapuche que reside en la localidad de Ñorquin-co, provincia de Río Negro; es un pedido desesperado de ayuda enviado por un Lonko (Jefe, autoridad) que solicita la urgente intervención de los Proteccionistas de Animales. Ruego a Ud. nos facilite una vía de investigación ante los hechos relatados en este correo -verificados por mi persona al establecer comunicación telefónica con el Sr Jaramillo integrante de la Comunidad Mapuche Ancalao- quien me proveyó de los datos que a continuación paso a detallar:
El hecho que el 17 de noviembre del año 1900 por intermedio del Decreto ley Nacional, N· 1628,
el Presidente Julio Argentino Roca le otorga a la comunidad mapuche Ancalao 96.000 has de tierras para 143 integrantes de la reserva de Ancalao, hoy son 500 habitantes que han vivido explotando su territorio en la cría de Ganado Ovino, Bovino, Lanar y Yeguarizo como único medio de sustento. Las tierras reconocidas a las comunidades mapuche son siempre “inembargables e inejecutables”, además de exentas de impuestos, en virtud de la ley 13302 de 1986. Eso vale para cualquier comunidad.
Específicamente para la comunidad Ancalao, a partir del decreto firmado por Roca del 17 de noviembre del año 1900. Ese decreto no daba la propiedad de la tierra (casi nunca se les dio la propiedad) sino el “usufructo vitalicio”, como premio por haber formado parte de los “indios auxiliares” durante la campaña del desierto.
En el año 1940 comienza un conflicto entre la Comunidad Mapuche y el establecimiento Estancia “El Portezuelo”, se enteran los Aborígenes que el propietario del nombrado establecimiento -Sr Alberto Cebes-, vendió las tierras que pertenecían a los antepasados Aborígenes y que habían sido otorgadas legalmente por el Presidente Roca, cuya posesión data anterior al año 1900.
Hace un tiempo, los nuevos adquirentes de las tierras, Sres. Ana A. Ferreiro y Paulo Garay, procedieron con el Jefe de la Policía de Ñorquin-co -por intermedio de una Orden Judicial proveniente del Juez Ricardo Calcagno de Bariloche- a hacer un desalojo del puesto que utilizan
Hace un tiempo, los nuevos adquirentes de las tierras, Sres. Ana A. Ferreiro y Paulo Garay, procedieron con el Jefe de la Policía de Ñorquin-co -por intermedio de una Orden Judicial proveniente del Juez Ricardo Calcagno de Bariloche- a hacer un desalojo del puesto que utilizan
Los miembros de la Comunidad Ancalao para defender sus tierras y sus animales, desmantelando todo lo construido y arrojándolo a un basurero, sin haber mediado una notificación previa del desalojo realizado. Al interiorizarse en el Juzgado correspondiente (El Bolsón) el Sr. Jaramillo sobre los alcances y fundamentos de la orden de desalojo, la misma policía le respondió “Que no hay tal cosa”.
La Comunidad Mapuche Ancalao, ante los hechos y al ver que sus tierras eran expropiadas y poseídas ilegalmente, volvió a levantar otro puesto a los fines de proteger a sus Animales , Sintiéndose perjudicados con estas acciones, siendo ellos el único sustento y recurso económico que poseen los Aborígenes Mapuches para los 500 habitantes que conforman en la actualidad dicha Comunidad.
El día 19 de Marzo del corriente se hace presente en el lugar el Sr. Garay reclamando sus derechos de propietario, acusándolos de usurpadores de propiedad privada, de sinvergüenzas y delincuentes a los integrantes de la comunidad que permanecía allí apostados, privándoles del derecho de atender a sus animales a quienes esta persona, con presencia policial, cercó y dejó fuera del acceso al agua, ya que no solo les bastó alambrar el terreno si no que a ex profeso cavaron una fosa profunda al costado de la cerca para que los Animales en busca de agua caigan dentro, completando una obra macabra de ensañamiento y crueldad hacia los inocentes y los Aborígenes
En conclusión: al día de la fecha los Animales están muriendo de sed y de hambre, considerando este un daño irreparable para la Comunidad
Conforme a los hechos relatados por vía telefónica por parte del Sr. Jaramillo, integrante de la Comunidad Mapuche Ancalao, solicitando ayuda a los Proteccionistas de Animales que nos vemos limitados ante las circunstancias ya que esta situación es de orden Administrativo y Judicial, si bien se violó la ley 14.346 “De los actos de malos tratos y crueldad hacia los Animales”, no podemos solucionar el conflicto y siendo justificable su intervención, ruego a Ud. se comunique a los teléfonos que a continuación paso a detallar para su consideración en forma urgente, conforme se estarían violando los Derechos Públicos y Constitucionales de la Comunidad Indígena mapuche Ancalao como habitantes y Ciudadanos de la Nación Argentina y en forma especial el artículo 75, inciso 17 .
Sin más por el momento, le envío mis saludos cordiales y quedo a la espera de su pronta respuesta, muchas gracias.
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